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Liquidación de nómina con días no laborados

Registra ausencias como novedades (vacaciones, incapacidades, licencias) para que el sistema calcule los días trabajados y el pago proporcional.

«¿Cómo liquido correctamente cuando el empleado trabajó solo dos días en la quincena?», «¿cómo calculo el valor cuando hay descanso en parte del período?» Cuando un empleado no trabaja el período completo, no tienes que sacar la calculadora: en GouJana el pago proporcional sale solo, siempre que registres las ausencias como novedades antes de generar la nómina. Aquí te mostramos cómo funciona el cálculo y cómo dejar cada caso bien registrado.

Paso 1 — Registra la ausencia como novedad, no «a mano»

Entra a Recursos humanosNovedades, haz clic en Añadir, selecciona al empleado, el concepto de la novedad y el rango de fechas de la ausencia. El concepto es lo importante: de él depende si esos días se pagan, cómo se pagan y si se descuentan del período. Entre los conceptos que maneja el sistema están, por ejemplo: vacaciones disfrutadas, incapacidad común, incapacidad profesional e incapacidad laboral, licencia remunerada, licencia no remunerada, suspensión temporal del contrato, accidente de trabajo y calamidad doméstica. Si el concepto que necesitas no aparece en el listado, revisa el catálogo en tipos de novedades.

Paso 2 — Así calcula GouJana los días trabajados

Al generar la nómina, el sistema toma los días del período y le resta los días de las novedades que descuentan tiempo (vacaciones, incapacidades, licencias, suspensiones): el resultado son los días trabajados, y el sueldo se paga proporcional a esos días. Si el empleado trabajó 2 días de la quincena, el sistema paga el salario de esos 2 días — y el resto del período lo paga (o no) según el concepto de cada novedad. En el detalle de la nómina del empleado puedes ver el desglose de cómo se llegó a ese número de días, para que confirmes el cálculo antes de aprobar.

Paso 3 — Ausencia pagada vs. ausencia no pagada

No todos los días no laborados significan menos plata para el empleado. El sistema distingue los conceptos remunerados (por ejemplo vacaciones disfrutadas, incapacidades, licencia remunerada, calamidad doméstica) de los no remunerados (licencia no remunerada, suspensión del contrato, huelga legal). En los remunerados, los días salen del sueldo básico pero entran como pago de la novedad con su propia regla de cálculo; en los no remunerados simplemente no se pagan. Tú solo eliges el concepto correcto — el valor lo calcula GouJana.

Paso 4 — ¿Y si el descanso es solo parte del período?

Registra la novedad únicamente por los días exactos del descanso o la ausencia (fecha de inicio y fecha fin). El sistema paga proporcional lo trabajado y aplica la novedad solo al tramo que marcaste; no necesitas partir la nómina en dos ni crear períodos especiales. Genera la nómina del período normalmente y revisa el desglose de días en el detalle del empleado.

Paso 5 — ¿Debo eliminar nóminas anteriores antes de un ajuste?

No elimines nóminas ya emitidas. Si la nómina todavía no se ha reportado a la DIAN, corrige la novedad y vuelve a generar la nómina del período. Si la nómina electrónica ya fue emitida, la corrección se hace con una nota de ajuste sobre esa nómina electrónica — el sistema la construye referenciando el documento original, así que no queda duplicada ante la DIAN. Revisa la clase de emisión de la nómina electrónica para ese flujo.

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